TÉRMINOS Y CONDICIONES
N.L INVERSIONES S.A.S.- CLÁUSULAS DEL CONTRATO DE HOSPEDAJE
1. OBJETO. Por virtud del presente contrato la sociedad N.L INVERSIONESS.A.S., en adelante el HOTEL le venderá al HUESPED un PAQUETE TURISTICO que incluye; hospedaje en el apartamento y sus accesorios, servicio de lavandería de ropa, tour express por Provenza, frutas y bebidas al desayuno, servicio personal de conserje, a cambio de un precio, por el número de días indicados en la Tarjeta de Registro. En ningún caso el término podrá ser superior a 30 días consecutivos.
1.1.- El apartamento será el que se indique en la Tarjeta de Registro. El HOTEL podrá efectuar un cambio de apartamento si el huésped lo acepta y se trata de un apartamento de iguales o mejores condiciones, o ante una situación de caso fortuito o fuerza mayor. 1.2.- La hora de ingreso o check in es a partir de las 15:00 (3:00 pm) del día de llegada y la hora de salida o check out es hasta las 11:00 am del día de salida. El periodo de tiempo comprendido entre una y otra hora corresponde al día del HOTEL. El ingreso anticipado o la salida con posterioridad a la hora indicada estará sujeta a disponibilidad y el HUESPED deberá pagar el valor correspondiente. 1.3.- El hospedaje se prestará con independencia del tiempo que efectivamente permanezca el HUESPED en el apartamento. El uso parcial causa el pago de la tarifa plena. 1.4.- La prestación de los servicios objeto del contrato y de aquellos complementarios que ofrezca el HOTEL estará sujeta a disponibilidad y a los horarios, turnos o existencias físicas de los insumos, bienes, facilidades o espacios para ella y el HUESPED deberá coordinar con el HOTEL dichos servicios incluidos.
El apartamento y el precio o tarifa por noche será la que se indique en la Tarjeta de Registro y que corresponde a la reserva efectuada.
2. PRECIO. 2.1.- El precio del presente contrato corresponde al canon por noche que el HUESPED se obliga a pagar y que asciende a la suma que se indica en la Tarjeta de Registro y corresponde a la reserva efectuada, todo lo cual se describirá en la factura correspondiente, salvo que la reserva se haya realizado y pagado a través de una agencia de viajes o plataforma electrónica de reserva del apartamento, en cuyo caso la tarifa será la que se haya acordado directamente con la entidad encargada. 2.2.- El HUESPED deberá pagar también todos los cargos adicionales que no estén incluidos en EL PAQUETE TURISTICO por concepto de alimentos, bebidas, y en general por todos aquellos que se generen durante su estadía y que decida cargar a su cuenta. 2.3.- El HUESPED declara que ha sido informado de las tarifas, cánones y en general precios de los apartamentos por noche. 2.4.- El incumplimiento del pago acordado generará a cargo del HUESPED intereses de mora a la tasa máxima permitida.
3. CUSTODIA DE DINERO Y OBJETOS DE VALOR. De conformidad con el artículo 1195 del Código de Comercio, los HUÉSPEDES podrán entregar bajo recibo al HOTEL objetos de valor para su custodia. Para tal efecto, la entrega deberá hacerse ante el funcionario designado por el HOTEL y necesariamente deberá levantarse un acta donde se relacionen los objetos entregados. La responsabilidad del HOTEL será la del depositario, en los términos del artículo 1196 del Código de Comercio. Los objetos de valor como joyas, cámaras, dinero, computadores, celulares, equipos o utensilios que permanezcan en el apartamento o áreas de servicios diferentes a las que el HOTEL dispone para depósito, estarán bajo el único riesgo del HUESPED ya que en este caso el HOTEL no asume responsabilidad alguna, en caso de pérdida o deterioro.
4.- OBLIGACIONES. 4.1.- DEL HOTEL. 4.1.1.- Prestar el servicio objeto del contrato. 4.1.2.- Atender, recibir, tramitar y responder las sugerencias, quejas o reclamos presentados por el huésped. 4.1.3.- Custodiar los objetos de valor que el huésped le haya entregado bajo recibo para su custodia, en los términos del artículo 1195 del Código de Comercio. 4.1.4.- Las demás establecidas a su cargo en la Ley.
4.2.- DEL HUESPED. 4.2.1. Identificarse para registrarse en el HOTEL con documento de identidad idóneo, presentando su cédula de ciudadanía en caso de ser colombiano o su pasaporte con sello de migración, o documento aplicable tratándose de extranjeros. Para menores de edad, deberá presentarse documento de identificación válido y deberán estar acompañados por alguno de sus padres, más tambien presentar el registro civil o certificado de nacimiento por medio del cual se validará el parentesco. (Dic. 2590 de 2012, ley 300 de turismo, y Dic. 1067/26 Mayo de 2015) 4.2.2.- Pagar el valor del PAQUETE TURITICO más los impuestos correspondientes. 4.2.3.- Pagar el valor de todos los consumos y cargos que haya hecho a su cuenta. 4.2.4.- Observar una conducta decorosa y vestir de manera apropiada. 4.2.5.- Responder hasta la culpa leve de sus obligaciones y las de sus acompañantes o invitados. 4.2.6.- Registrar al ingreso del HOTEL a todos los acompañantes o invitados del HUESPED que se dirijan a su apartamento. 4.2.7.- Respetar el número de personas por apartamento. 4.2.8.- EL HUÉSPED reconoce que la práctica de deportes, ejercicios físicos, conducción de naves o vehículos, utilización de instrumentos o herramientas y en general toda actividad que signifique un riesgo o que pueda considerarse como actividad peligrosa, será decisión suya, bajo su exclusiva responsabilidad e implica que el HUÉSPED cuente con las habilidades y el conocimiento que le permite asumir dichos riesgos, exonerando al HOTEL y a sus funcionarios o empleados de cualquier responsabilidad en caso de que sufra cualquier daño o lesión. 4.2.9.- Utilizar los muebles, enseres, equipos y en general las facilidades tanto del apartamento como del HOTEL, de manera adecuada conservándolas en el estado en que se encuentren y por tanto responderá por cualquier daño o pérdida de los elementos y bienes del HOTEL, hasta por la culpa leve. En caso de pérdida o daño total o parcial de los bienes del HOTEL por causa atribuible al HUÉSPED o a sus acompañantes, el HUÉSPED deberá pagar el precio correspondiente a su reparación o reposición, según el caso. 4.2.10.- Respetar la autoridad del Gerente del HOTEL. 4.2.11.- Permitir el derecho de inspección y/o vigilancia al apartamento por parte de funcionarios del HOTEL. Este derecho se ejercerá de manera razonable e incluye la facultad de penetrar o registrar el apartamento cuando a juicio del Gerente del HOTEL sea preciso. 4.2.12.- Permitir a los empleados y funcionarios del HOTEL el acceso para labores de rutina y limpieza del apartamento.
5. TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El contrato de hospedaje terminará en los siguientes eventos: 5.1- Por vencimiento del plazo pactado. 5.2.- Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de las partes y puntualmente por el incumplimiento del pago del precio o canon a cargo del HUESPED. 5.3.- En los eventos en que, a juicio exclusivo del HOTEL, el comportamiento o la indumentaria del HUESPED atente contra la tranquilidad y/o salubridad de los demás huéspedes o de los visitantes del HOTEL. 5.4.- Por fumar en el apartamento o en cualquier otro espacio libre de humo del HOTEL, cuando se afecten otros huéspedes, visitantes o usuarios y sin perjuicio del pago que deberá hacer en los términos que se establecen más adelante. Parágrafo: La terminación del contrato no exonera ni libera al HUESPED del pago de los saldos pendientes.
6. EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 6.1.- A la terminación del contrato el HOTEL podrá disponer libremente del apartamento. 6.2.- A la terminación del contrato y con independencia de la causa de terminación, el HOTEL queda facultado para ingresar al apartamento, elaborar y suscribir un inventario de los efectos y equipaje del huésped y retirarlos del apartamento para dejarlos en depósito seguro y adecuado, sin responsabilidad del HOTEL y por cuenta y riesgo del HUESPED. 6.3.- Si el HUESPED no pagaré la cuenta o parte de ella, el HOTEL podrá disponer y vender el equipaje y objetos del HUESPED en los términos del artículo 1199 del Código de Comercio, para cubrir con su producto las obligaciones pendientes. El excedente si lo hubiere, será puesto a disposición del HUESPED. En caso de déficit, el HOTEL podrá iniciar las acciones correspondientes para conseguir el pago total de la suma adeudada.
7. VARIOS. 7.1.- Naturaleza jurídica del contrato. De conformidad con el artículo 79 de la ley 300 de 1996, el contrato de hospedaje es un contrato de arrendamiento, de carácter comercial y de adhesión. 7.2.- El contrato de hospedaje se prueba mediante la tarjeta de registro que el HOTEL expide, aceptada por la firma del HUESPED, la cual hace constar que éste se adhiere a las estipulaciones aquí contempladas. EL HUESPED acepta expresamente que la suma líquida de dinero que conste en la factura, prestará mérito ejecutivo. 7.3.- El HOTEL rechaza y no permite la explotación sexual ni cualquier forma de abuso sexual. El HOTEL rechaza y no permite el turismo sexual ni permite la explotación ni el abuso sexual de niñas, niños ni adolescentes. El HUESPED no podrá ingresar a su apartamento menores de dieciocho (18) años de edad para el turismo sexual y quien lo haga incurrirá en pena de prisión de 5 a 10 años y multa de 50 a 100 SMLMV. Las penas señaladas en el inciso anterior se aumentarán hasta en la mitad (1/2) cuando las conductas se realizaren con menores de doce (12) años. 7.4.- Cargos por fumar en los apartamentos. Siendo consecuentes con el cuidado del medio ambiente y la salud, todos los apartamentos y en general todas las áreas del HOTEL son libres de humo. Fumar en el apartamento o en cualquier otro espacio del HOTEL constituye un incumplimiento grave del contrato de hospedaje que da lugar a su terminación y podrá ser retirado del HOTEL si ha afectado a otros huéspedes, visitantes o usuarios. Si el HUESPED fuma en la apartamento, por cada día que lo haga deberá pagar (i) el costo en el que debe incurrir el HOTEL para desodorizar y limpiar el apartamento, que se estima en una suma equivalente a USD 100, liquidados a la tasa representativa del mercado del día del pago, y (ii) el valor de (2) noches a la tarifa correspondiente a su hospedaje, como quiera que el proceso de limpieza y desodorización implica que el HOTEL no pueda utilizar el apartamento durante las siguientes dos (2) noches. Si fuma en cualquier área del HOTEL distinta del apartamento, deberá pagar el costo en que debe incurrir el HOTEL para desodorizar y limpiar el área en la que haya fumado, que equivale a USD 100, liquidados a la tasa representativa del mercado del día del pago. 7.5.- El HOTEL promueve el cumplimiento de la resolución 572 de 2005 y demás normas de conservación de Flora y Fauna, así como la conservación del patrimonio cultural y de los bienes de interés cultural y contribuye y promueve el cumplimiento de la ley 397 de 1997 y demás normas aplicables. 7.6.- El HOTEL rechaza cualquier forma de discriminación, distinción, exclusión, restricción o preferencia por motivos de género, raza, color, origen nacional o étnico, religión, opinión política o por cualquier otro motivo o condición que tenga como propósito o que produzca como efecto deteriorar, restringir o limitar el goce completo de los derechos y libertades fundamentales.
AVISO DE PRIVACIDAD. AUTORIZACIÓN USO DE DATOS E INFORMACIÓN. Al suscribir el presente contrato el HUÉSPED autoriza expresamente a la sociedad N.L INVERSIONESS.A.S., en su condición de operadora del HOTEL, para recolectar y utilizar la información y los datos personales suministrados por el HUÉSPED en la Tarjeta de Registro tales como nombre, dirección, identificación, nacionalidad, fecha de nacimiento, dirección de correo electrónico, número de teléfono fijo y móvil o celular, trabajo o actividad, de conformidad con las políticas de tratamiento seguro de la información establecidas por el propio HOTEL y por las leyes vigentes con el propósito de llevar un registro de sus huéspedes y para enviar campañas promocionales o de fidelización de clientes. El HUÉSPED autoriza que la información sea transferida, transmitida, compartida y suministrada a la sociedad que N.L INVERSIONESS.A.S. designe para realizar los propósitos descritos previamente. El HUÉSPED, en su condición de titular de los datos personales, gozará de todos los derechos de ley, de los expresamente descritos en el artículo 8º de la Ley 1581 de 2.012 y en particular tendrá derecho en todo momento a conocer, acceder, actualizar y rectificar sus datos personales, revocar la autorización concedida o solicitar la supresión de información cuando ello sea procedente.
8. Ley 300/1996 - ART 65. DE LA NO PRESENTACIÓN / NO SHOW:
Cuando el usuario de los servicios turísticos incumpla por no presentarse o no utilizar los servicios pactados, el prestador exige el pago de la totalidad del precio o tarifa establecida o retener el depósito o
anticipo que previamente hubiere recibido del usuario.
* Impuestos (IVA) si eres Colombiano, o como extranjero has estado mas de 90 días en Colombia, estamos obligados a cobrarte el (IVA del 19%) este cobro adicional se realizara al momento de tu check-in.
9. POLÍTICA DE VISITANTES: 9.1.Todos los visitantes deberán ser mayores de 18 años y estar registrados en la recepción con un documento físico válido (cédula para colombianos, pasaporte para extranjeros). 9.2. Durante la estadía, cada huésped puede recibir a 1 visitante. Ese visitante puede visitarle tantas veces como desee el huesped; se deberá respetar la capacidad máxima del apartamento (máximo 2 personas por habitación).9.3. El huesped asume la responsabilidad de autorizar el ingreso y salida de su visitante. 9.4. Nos reservamos el derecho de admisión, por la seguridad de los huéspedes o visitantes y la del edificio. El huésped asume toda la responsabilidad por el visitante en el complejo, incluyendo cualquier tipo de daño, robo, perturbación, etc. 9.4. El incumplimiento de lo anterior nos obligará a llamar a la policía y aplicar las sanciones correspondientes, incluyendo el desalojo inmediato de la propiedad sin ningún tipo de devolución.
** Si el huésped no está en el apartamento a las 11AM para registrar la salida y no está en el edificio, nuestro personal podrá entrar al apartamento, chequear el consumo de minibar el cual será cargado a la cuenta, tambien podrá empacar las cosas que queden dentro, y las dejará en el lobby.
CLÁUSULA DE TERCEROS. Villaz intermedia con otros prestadores de servicios turísticos a favor de uno o más clientes. En calidad de intermediario, una vez confirmado el servicio deberá el cliente asumir el valor total del mismo, nuestra responsabilidad es limitada en la prestación de los servicios turísticos ejecutadas por terceros, por lo cual, no tiene injerencia en las decisiones o políticas de los operadores de dichos servicios externos como transporte, excursiones, tours, entre otras.
10. ACEPTACION DE CONDICIONES. Una vez efectuada la reserva, el HUESPED manifiesta haber leído y aceptado el contrato y todos los termino y condiciones de el mismo.